Elegibilidad
de la facultad
Para poder ejercer como Senador de
Facultad, la persona tiene que haber servido a la Universidad como facultad de
tarea completa al menos dos años académicos completos inmediatamente antes del
año académico en que se incorporaría como senador. Tiene que ser miembro activo de la facultad
- es decir, estar activo en el ejercicio de la docencia de la unidad académica
que lo elige como senador.